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DOCUMENTACIÓN

Documentación para cazar en España: qué papeles tienes que llevar

Para cazar en España tienes que llevar encima, como mínimo, el DNI, la licencia de caza válida en la comunidad donde cazas, el seguro obligatorio de responsabilidad civil si usas armas y el permiso del coto. Si cazas con arma de fuego, súmale la licencia de armas y la guía de pertenencia de cada arma.

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Por José María García, cofundador de CAZZAP

Actualizado el · 10 min de lectura

Los documentos obligatorios para cazar

No existe una lista estatal única de documentación para cazar. La caza es competencia de las comunidades autónomas y cada ley autonómica fija qué tienes que llevar. Aun así, el núcleo se repite en casi todas. Dos ejemplos claros: la Ley 14/2010 de caza de Extremadura (artículo 49) obliga a "estar en posesión y portar durante la acción de cazar" los documentos, y la Ley 3/2015 de Caza de Castilla-La Mancha (artículo 16) pide llevarlos encima o tenerlos al alcance dentro del terreno de caza.

1. DNI u otro documento de identidad

Sirve para acreditar que eres el titular de la licencia y del resto de papeles. Extremadura admite DNI, pasaporte o permiso de conducción; Castilla-La Mancha, cualquier documento oficial con fotografía. Si eres extranjero residente, tu NIE o pasaporte.

2. Licencia de caza

Es personal e intransferible y la expide cada comunidad autónoma. Te vale la licencia de la comunidad donde cazas o, si cazas en varias, la licencia interautonómica de caza. Según el convenio publicado en el BOE en marzo de 2026, la interautonómica sirve en diez comunidades: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Región de Murcia. Cuesta 70 euros y dura un año desde su expedición. En Cantabria, Cataluña, Islas Baleares, Canarias, Navarra, País Vasco y La Rioja necesitas la licencia propia de esa comunidad.

Para sacar la primera licencia hay que aprobar el examen del cazador o acreditar una licencia anterior; eso se pide al tramitarla, no hace falta llevar el certificado al campo.

3. Seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador

Lo regula el Real Decreto 63/1994. Es obligatorio para quien caza con armas, cubre en todo el territorio español los daños corporales que causes a otras personas y tiene un límite de 90.151,82 euros por víctima. No cubre daños materiales: si quieres cubrir eso (un coche, un perro ajeno), tendrás que contratar un seguro voluntario aparte. El propio Real Decreto dice que no se puede obtener la licencia sin acreditar antes este seguro, y las leyes autonómicas lo incluyen entre los documentos que debes llevar durante la cacería. Lleva el certificado o recibo en vigor.

4. Si cazas con arma de fuego: licencia de armas y guía de pertenencia

Esto no lo regula la ley de caza, sino el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), y lo controla la Guardia Civil.

  • Licencia D: para armas largas rayadas de caza mayor (rifles). Ampara hasta cinco armas y tiene cinco años de validez (artículo 100).
  • Licencia E: para escopetas y otras armas de la categoría 3.ª. Ampara hasta seis escopetas y un máximo de doce armas en total, también con cinco años de validez (artículo 101).
  • Guía de pertenencia: una por arma, la expide la Intervención de Armas y, según el artículo 89.2, "la acompañará siempre, en los casos de uso, depósito y transporte". Si te llevas el rifle y la escopeta, llevas las dos guías.

Si cazas sin arma de fuego, estos dos papeles no aplican, aunque otros medios (arco, cetrería, perros) pueden necesitar sus propias autorizaciones según la comunidad.

5. Autorización o permiso del titular del coto

Demuestra que tienes derecho a cazar en ese terreno. En Extremadura es el "permiso de caza expedido por el titular del aprovechamiento cinegético", y en los cotos sociales vale el carné de socio. En Castilla-La Mancha la ley pide un documento nominativo del titular u organizador de la cacería cuando este no está presente en el lugar. Si eres socio de un coto, pregunta en tu sociedad qué documento entregan y llévalo.

Papeles que dependen de cómo y dónde cazas

Además de la documentación para cazar básica, hay papeles que solo te tocan en ciertos casos:

  • Tarjeta federativa. En Extremadura, quien caza en un coto social debe llevar el documento que acredite que está federado en la Federación Extremeña de Caza (artículo 49 de su ley). En otros sitios lo pedirá el coto, la sociedad o la competición.
  • Caza mayor y monterías. Las cacerías colectivas suelen necesitar autorización administrativa (la tramita el organizador) y, según la comunidad, precintos, marcas o documentos para el traslado de las piezas abatidas. Lo tienes con detalle en qué documentación llevar a una montería.
  • Perros. La Ley 7/2023 de bienestar animal excluye de su ámbito, en su artículo 1.3, a "los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza", que se rigen por la normativa autonómica y sectorial. Por eso el seguro de responsabilidad civil para perros de esa ley no se aplica a ellos como tal; si la normativa de tu comunidad o ayuntamiento exige seguro u otros requisitos, se aplica esa. La ley de Castilla-La Mancha, por ejemplo, pide llevar "los documentos preceptivos" de los animales que uses, y en las cacerías esa documentación corresponde a su propietario. En la práctica: lleva la cartilla sanitaria y la identificación de tus perros.
  • Menores. En Extremadura, los mayores de 14 años que cacen con armas de fuego o arco necesitan una autorización especial y deben ir acompañados de un cazador mayor de edad. En Castilla-La Mancha, cualquier menor de 18 años tiene que ir acompañado de un adulto que controle su acción de caza.

Qué pasa si te falta un papel o está caducado

Las infracciones de caza las tipifica cada ley autonómica, así que la respuesta depende de dónde estés. Lo que sí distinguen casi todas es entre tener el documento y no llevarlo y no tenerlo (o tenerlo caducado).

  • Lo tienes pero te lo has dejado en casa. En Extremadura es infracción leve "cazar sin llevar, a pesar de poseerlos, alguno de los documentos", con multa de 50 a 250 euros (artículo 85 de la Ley 14/2010). En Castilla-La Mancha el agente te denuncia, pero puedes presentar el documento en 72 horas (artículo 16.2); si no lo haces, es infracción leve (artículo 73), con multa de 100 a 600 euros (artículo 76).
  • No tienes licencia de caza, o está caducada. Ya no es un olvido: es cazar sin licencia en vigor, y las leyes autonómicas lo castigan con más dureza. Revisa la ley de tu comunidad.
  • Te falta la licencia de armas o la guía. Aquí entra la normativa de armas, que es estatal, la vigila la Guardia Civil y va aparte de la de caza.
  • El seguro ha vencido. Cazar con armas sin seguro en vigor incumple el Real Decreto 63/1994 y tu ley autonómica, y además te quedas sin la cobertura obligatoria si hay un accidente.

Ojo: el día que caduca un papel no te avisa nadie. Las licencias de armas y las autonómicas plurianuales pasan años en el cajón, y es fácil acordarse de renovar cuando ya tienes la jornada encima.

Cuándo caduca cada documento

Esta es la vigencia de cada uno de los papeles para cazar, quién los expide y dónde se renuevan:

DocumentoQuién lo expideVigenciaDónde se renueva
DNIMinisterio del Interior (Policía Nacional)5 años si tienes entre 5 y 30; 10 años entre 30 y 70; más de 10 a partir de 70 (RD 255/2025, art. 7)Oficina de expedición del DNI, con cita previa
Licencia de caza autonómicaLa comunidad autónomaVaría según la comunidad: las hay anuales y de varios añosSede electrónica u oficinas de tu comunidad
Licencia interautonómicaCualquiera de las diez comunidades firmantes1 año desde la expediciónSede de cualquiera de esas comunidades
Seguro obligatorio de RCTu aseguradoraLa que fije la póliza (lo habitual es anual)Con tu aseguradora
Licencia de armas D o EGuardia Civil (Comandancia de tu provincia de residencia)5 años; si se expide a mayores de 67, hay que visarla a los 3 años con informe de aptitud psicofísica (art. 104)Intervención de Armas de la Guardia Civil
Guía de pertenenciaIntervención de ArmasVa con el arma; el arma pasa revista cada 5 años al renovar la licencia, y no pasar dos revistas seguidas anula la guía (art. 90)Intervención de Armas
Permiso del cotoTitular del coto u organizadorEl que figure en el permiso: jornada, cacería o temporadaTu coto o sociedad
Tarjeta federativaFederación de caza autonómicaLa que fije la federaciónTu federación o club

Un detalle útil del Reglamento de Armas (artículo 103): si pides la renovación de la licencia de armas cuando está a punto de caducar, la Intervención de Armas puede darte una autorización temporal de uso de tres meses mientras se tramita.

Que no te pille una licencia caducada

CAZZAP guarda en tu iPhone la licencia, el seguro, la federación, los permisos del coto, la licencia de armas y las guías, y te avisa 30 días, una semana y un día antes de que caduque cada uno.

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¿Vale llevar los papeles de caza en el móvil?

Respuesta corta: depende del documento, y no hay una norma estatal que dé validez general a una foto o a una fotocopia de tus papeles. Esto es lo que sí está claro:

Pantalla de avisos de CAZZAP con el seguro de responsabilidad civil y la licencia de caza que caducan en los próximos 30 días
CAZZAP avisa un mes, una semana y un día antes de que caduque cada papel.
  • DNI: tiene versión digital oficial (la app MiDNI). El Real Decreto 255/2025, artículo 13, le da "la misma eficacia jurídica a efectos de identificación" y permite acreditar la identidad ante las autoridades y sus agentes. Una foto del DNI no es eso.
  • Licencia de caza: algunas comunidades ya la emiten en formato electrónico. La Junta de Extremadura la envía en PDF por correo electrónico desde 2025, y en Aragón el justificante que descargas de la aplicación del INAGA es la propia licencia, firmado electrónicamente. En esos casos el documento oficial es ese archivo: descárgalo en el móvil (sin depender de la cobertura) o imprímelo. En otras comunidades la licencia sigue siendo un documento que tienes que llevar tal cual te lo dan.
  • Licencia de armas y guía de pertenencia: el reglamento exige que la guía acompañe al arma, y no nos consta un formato digital oficial que la sustituya. Lleva los originales.
  • Seguro y permiso del coto: pregunta a tu aseguradora y a tu coto si te dan un certificado electrónico. Si no, papel.

Un apunte: la ley extremeña, al describir la infracción de no llevar los papeles, habla de "los documentos o copias de los mismos", pero no aclara qué formato vale como copia. Ante la duda, original o formato oficial. Una copia en el móvil, también la de CAZZAP, sirve para tener todo controlado, saber qué caduca y tener los datos a mano si pierdes algo, pero no sustituye al documento ante los agentes.

Checklist antes de salir al monte

Repásala la noche antes, no en el aparcamiento del coto:

Lista de los papeles que hay que llevar para cazar en España: DNI, licencia de caza, seguro de caza obligatorio, licencia de armas D o E, guía de pertenencia y permiso del coto
Guarda esta lista en el móvil antes de salir al monte.
  • DNI o documento oficial con foto (o MiDNI en el móvil).
  • Licencia de caza de la comunidad donde vas, o interautonómica si es una de las diez, en vigor.
  • Certificado del seguro obligatorio de responsabilidad civil, en vigor.
  • Licencia de armas D o E, según lo que lleves.
  • Guía de pertenencia de cada arma que sacas de casa.
  • Permiso del coto, carné de socio o autorización del organizador.
  • Tarjeta federativa, si te la piden en ese coto o comunidad.
  • Documentación de los perros, si cazas con ellos.
  • Si es montería: lo que pida la organización (lo vemos en la guía de documentación para monterías).
  • Fechas de caducidad comprobadas: nada vence esta temporada sin que lo sepas.

Si quieres tener todo esto ordenado en el iPhone, échale un ojo a CAZZAP: escaneas cada papel con la cámara, funciona sin cobertura y te avisa antes de que caduque.

Preguntas frecuentes

¿Qué papeles necesito para cazar en España? +

Como base: DNI u otro documento oficial con foto, licencia de caza válida en la comunidad donde cazas (o la interautonómica), seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador si usas armas y el permiso del titular del coto. Si cazas con arma de fuego, además la licencia de armas (D para rifle de caza mayor, E para escopeta) y la guía de pertenencia de cada arma. Cada ley autonómica puede añadir otros.

¿Puedo cazar en otra comunidad con mi licencia? +

Con la licencia autonómica, solo en la comunidad que la expidió. La licencia interautonómica de caza (70 euros, un año de validez) sirve en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Región de Murcia. En el resto necesitas la licencia de esa comunidad.

¿Tengo que llevar la guía de pertenencia encima? +

Sí. El Reglamento de Armas (artículo 89.2 del Real Decreto 137/1993) dice que la guía de pertenencia acompañará siempre al arma en los casos de uso, depósito y transporte. Si vas a cazar con el arma, la guía va con ella.

¿Me pueden multar por dejarme la licencia en casa? +

Depende de la ley de caza de la comunidad. En Extremadura, cazar sin llevar un documento que sí tienes es infracción leve, con multa de 50 a 250 euros. En Castilla-La Mancha te pueden denunciar, pero tienes 72 horas para presentar el documento; si no lo haces, es infracción leve, con multa de 100 a 600 euros. No tener la licencia, o tenerla caducada, es otra cosa y suele tratarse con más dureza.

¿Vale una foto de la licencia en el móvil? +

No hay una norma estatal que dé validez general a una foto o fotocopia. El DNI sí tiene versión digital oficial con la misma eficacia para identificarte, y algunas comunidades, como Extremadura o Aragón, expiden la licencia de caza en un PDF oficial. Para la licencia de armas, la guía de pertenencia, el seguro y el permiso del coto, lo prudente es llevar el original o el formato oficial que te hayan dado.

Fuentes

Esta guía es informativa y no sustituye a la normativa oficial. Los requisitos cambian según la comunidad autónoma y cada temporada: confírmalos siempre con la administración de tu comunidad. Si ves algún error, escríbenos a hola@cazzap.es y lo corregimos.

Todos tus papeles de caza, en el móvil.

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